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lunes, 2 de agosto de 2010

LA COMUNA AL TANTO INTERNACIONAL

Luis Alfonso Hoyos UN SATRAPA, UN CHORO AL SERVICIO DEL IMPERIO Y DEL NARCOTRAFICO

El embajador de Colombia ante la Organización de Estados Americanos (OEA), Luis Alfonso Hoyos, uno de los funcionarios más cercanos al presidente saliente, Álvaro Uribe, fue inhabilitado de por vida para ocupar cargos de elección popular por la Sala Plena del Consejo de Estado, por sentencia del 8 de agosto de 2001 que le acusa de haber violado el régimen de incompatibilidades al gestionar en nombre ajeno asuntos ante las entidades públicas. Asimismo, otra de las causales que originó la inhabilitación del ex congresista colombiano fue la indebida destinación de dineros públicos

Y no es extraño, ó es casi seguro que este Bandido se haya choreado todo ese dineral asignado para taparear un drama de esa Colombia que invade a Venezuela y a Ecuador de males, cada segundo diario que transcurre

Hoyos, fue es el mayor responsable de la aplicación de la Sentencia T-025 de 2004, que obliga al Estado a diseñar y ejecutar una política seria a favor de los más de tres millones de desplazados, ayuda humanitaria a los desplazados que pasó de 20 mil millones a 200 mil millones de pesos desde que la Corte falló la famosa tutela a favor de los desplazados. Es cierto. Hoyos también reveló que desde el 2000 hasta la fecha 365.245 personas o 82.729 hogares han sido desplazados ( Este reconocimiento a un hecho inhumano producido por una guerra promovida por esta clase de politicos sátrapas, no es imputable a una nación que sólo se ha dedicado a prestar hospitalidad y amor con mucha humildad a mas de 4 millones de despalzados colombianos )



Otra de los Hoyos

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el ex Director de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, Luís Alfonso Hoyos Aristizabal, porque, al parecer, desatendió las órdenes dictadas por la Corte Constitucional en materia de atención a población desplazada.

Al proferir esta decisión, la Procuradora Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa, Alba Cristina Grueso Sánchez, consideró que el señor Hoyos Aristizabal pudo incurrir en incumplimiento de sus deberes, al no acatar lo ordenado en la sentencia T-025 de 2004, así como los requerimientos de la Procuraduría General de la Nación en cuanto a la ayuda humanitaria y de alimentación, y administración del Registro Único de Población Desplazada, RUPD.


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Director:Hector Salas

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